Familia
Compensación económica en el divorcio: plazos y bases
Qué es la compensación económica del CCCN, cuándo puede corresponder y el plazo de caducidad de seis meses desde la sentencia de divorcio (art. 442).
La compensación económica busca atenuar el desequilibrio patrimonial que el divorcio puede generar entre cónyuges, cuando uno queda en una situación manifiestamente desigual respecto del otro.
Caducidad
Según el artículo 442 del CCCN, la acción de compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio. Es un plazo breve: conviene evaluarla al preparar la propuesta reguladora, no “después”.
Cómo se determina
El juez valora el patrimonio de cada uno, la dedicación a la familia, la edad, la calificación profesional, la posibilidad de acceder a un empleo y demás pautas del Código. Puede pactarse en el convenio o reclamarse judicialmente dentro del plazo.
No es automática: hay que acreditar el desequilibrio. Un abogado de familia ayuda a cuantificar y documentar.
Fuentes consultadas
Este artículo es informativo y se basa en normas públicas vigentes al momento de su redacción. No constituye asesoramiento legal personalizado ni crea relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, consultá con un profesional matriculado.
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